Del modo de heredar la vela
Se ordenaba en los nuevos estatutos de las cofradías que, cuando fallecía alguno de los hermanos, el hijo varón primogénito podía heredar la vela. Lo mismo ocurría con el nieto mayor. Si el primogénito no la quería podía pasarla a cualquiera de los otros hermanos por orden de nacimiento y adjuntar a la petición de la misma un consentimiento de todos los hermanos que reconocían la herencia para este último. Esto no ocurría con las hijas que no tenían vela que heredar. El miembro que heredaba debía dar una limosna de 20 reales a la cofradía más ocho para el muñidor.
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